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20715 Manual General de Protección Radiológica
7517 Reglamento General de Seguridad ...
6977 Curso de OPERADORES de instalaciones ...
6246 PROTOCOLO ESPAÑOL DE CONTROL DE ...
6118 Curso de SUPERVISORES de instalaciones ...
4734 Concepts of Radiation Protection ...
4626 Curso sobre Aplicaciones Industriales ...
4491 REGLAMENTO Nacional de Admisión, ...
4313 Requerimientos de seguridad radiológica ...
3786

Detalle del recurso seleccionado  
Titulo:

REAL DECRETO 1836/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, modificado por el Real Decreto 35/2008, de 18 de enero.

Autor:

 

Rango:

Real Decreto

Fecha de publicación:

18/01/2008

Nodo: ESPAÑA
Persona Contacto: Fernando Franco 
E-mail Contacto:  
Formato:  
Resumen: Este Reglamento tiene por objeto la regulación del régimen de autorizaciones administrativas, tanto para las instalaciones nucleares y radiactivas como para otras actividades específicas relacionadas con la aplicación de radiaciones ionizantes.

La liberalización del mercado eléctrico ha puesto de manifiesto la necesidad de tener en cuenta su posible incidencia sobre la seguridad de las instalaciones nucleares relacionadas con la generación eléctrica, por lo que se ha incluido entre las responsabilidades del titular la de velar de forma continua por incorporar las nuevas técnicas que permitan llevar a cabo la gestión bajo los referentes de seguridad más actualizados. Asimismo, se establecen mecanismos de coordinación con las Administraciones competentes para autorizar instalaciones y actividades que por sus características y situación pudieran suponer un impacto sobre una instalación nuclear o radiactiva de primera categoría. Se ha previsto la exigencia del establecimiento, por parte del titular, de un procedimiento para que el personal de la instalación, así como el de las empresas contratadas y el de las externas que prestan sus servicios en la misma, cumpla con el deber de poner en conocimiento de los titulares cualquier hecho conocido que afecte o pueda afectar al funcionamiento seguro de las mismas y al cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad nuclear o protección radiológica. En lo que al régimen de autorizaciones se refiere, se ha desarrollado lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear, según el cual han de ser oídas las comunidades autónomas con competencia en materia de ordenación del territorio y medio ambiente. Atendiendo a la importancia creciente que han cobrado los aspectos relacionados con la protección física de las instalaciones y materiales nucleares, se incorpora la exigencia de la inclusión de un plan de protección física entre la documentación exigible para la autorización de las instalaciones. Se ha agilizado el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones de instalaciones radiactivas, regulando con mayor detalle el régimen de concesión de autorizaciones de desmantelamiento y clausura de instalaciones nucleares. En relación con la función inspectora, se amplían las posibilidades de actuación en otros ámbitos que cuenten con equipos o materiales que lo exijan y se da cobertura a la actuación en situaciones excepcionales sobre instalaciones no sometidas al régimen de concesión de autorizaciones del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. Por lo que se refiere al régimen de licencias de operador y supervisor, se amplía su regulación, en especial en el caso de las licencias relativas a instalaciones nucleares y del ciclo de combustible nuclear, tanto en operación como cuando se lleve a cabo su desmantelamiento, así como las condiciones de renovación y término de su vigencia.

Como aspecto novedoso, se regula el control de áreas contaminadas, con lo que se pretende dar solución al control de terrenos o recursos hidrológicos que, no perteneciendo a instalaciones reguladas por el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, se hayan visto afectados por contaminación radiológica. Por último, como otro de los aspectos a destacar de esta modificación, cabe hacer referencia a la regulación de la certificación y convalidación de nuevos diseños o modelos por el Consejo de Seguridad Nuclear.

Título I: Disposiciones Generales
Título II: de las Instalaciones Nucleares
Título III: de las Instalaciones Radiactivas
Título IV: Inspección de las Instalaciones Nucleares y Radiactivas
Título V: del Personal de las Instalaciones Nucleares y Radiactivas
Título VI: del Diario de Operación, Archivos e Informes
Título VII: otras Actividades Reguladas
Anexo I: Instalaciones Radiactivas - Clasificación y exención
Anexo II: Aprobación de Tipos de Aparatos Radiactivos
criterios de exención 
País: España 
Idioma: Español 
Comentarios:

 

Palabras claves:

criterios de exención  


    Material asociado
RINRTextoRefundido280308 (697 Kb)
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    Taxonomía del recurso

Ámbito Regulador

  • MARCO LEGAL Y NORMATIVO
  • FUNCIONES REGULADORAS
  • Áreas Temáticas

  • SEGURIDAD RADIOLÓGICA Y NUCLEAR
  • SEGURIDAD FÍSICA

  • Tipo de instalación

  • EDUCATIVAS
  • INDUSTRIALES
  • INVESTIGACIÓN
  • MÉDICAS
  • GESTIÓN Y ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS RADIACTIVOS
  • RECICLADO DE MATERIALES
  • NUCLEARES
  • Red Iberoamericana de Seguridad Radiológica