Ley 25-1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear
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Datos
Origen
España
Idioma
Español
Rango
Ley
Fecha
04/04/1964
Previsualización
Descripción
LEY 25/1964, DE 29 DE ABRIL, SOBRE ENERGÍA NUCLEAR
desde su promulgación, mediante sucesivas normas de rango legal. Las derogaciones o modificaciones expresas se hacen constar en nota a pie de página, citando específicamente las leyes que dan origen a dichas derogaciones o cambios de redacción y los preceptos que constituyen su objeto. Además la Ley ha resultado afectada por varias leyes posteriores, entre las cuales, como más significativas, pueden citarse: Real Decreto Legislativo 1302/1986 (BOE 30-6-86) y el Real Decreto-Ley 9/2000 (BOE 7-10-00), sobre Evaluación de Impacto Ambiental; Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (BOE 15-4-97); Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (BOE 18-4-86); Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad (BOE 26-3-86); Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (BOE 25-4-80); Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-7-73); ratificación del Convenio de París de 29 de julio de 1960, el complementario de Bruselas de 31 de enero de 1963, el de Viena de 1963, y los Protocolos Adicionales de 28 de enero de 1964, todos ellos sobre responsabilidad por daños nucleares; Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de Energía Atómica, de 25 de marzo de 1957, en su redacción actual, así como los Reglamentos y Directivas Comunitarias traspuestas al Derecho Interno español. Con independencia del Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear y de los Estatutos de las Comunidades Autónomas y los reales decretos sobre transferencia de funciones en materia de instalaciones radiactivas de 2.ª y 3.ª categorías, asimismo han incidido parcialmente en su vigencia algunas disposiciones sectoriales y organizativas, como los Reales Decretos 3322/1971, 2967/1979, 1611/1965 y 813/1988 (Enusa); 1522/1984 y 1899/1984 (Enresa) Planes Energéticos Nacionales 83 y 91/2000 y Real Decreto 1464/1999, sobre actividades de la primera parte del ciclo del combustible nuclear. Igualmente han afectado al texto de la Ley los sucesivos reales decretos sobre estructura orgánica de los Departamentos Ministeriales. Los últimos son: Real Decreto 557/2000, de 27 de abril (BOE de 28 de abril), de Reestructuración de los Departamentos Ministeriales, artículo 4, apartado 1, letra b) «… corresponden al Ministerio de Economía… las competencias hasta ahora atribuidas al Ministerio de Industria y Energía… a través de la Dirección General de Energía…». Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo (BOE de 13 de mayo), que establece la estructura básica del Ministerio de Economía, disposición adicional única, apartado 4 «… queda suprimida la Dirección General de la Energía, y la Dirección General de Minas, cuyas funciones son asumidas por la Dirección General de Política Energética y Minas». Real Decreto 1554/2004, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que desarrolla la estructura orgánica básica. En concreto la disposición adicional cuarta establece que el Consejo de Seguridad Nuclear se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Puede citarse también el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, del Gobierno, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Por otra parte, esta Ley ha sido objeto de desarrollo, entre otras, por las siguientes disposiciones reglamentarias: 12 Ordenamiento jurídico nuclear Ley 25/1964, de 29 de abril Real Decreto 2177/1967, de 22 de julio (BOE 18-9-67), sobre Cobertura de Riesgos Nucleares; Real Decreto 53/1992, de 24 de enero (BOE 12-2-92), que aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes; Real Decreto 1891/1991, de 30 de diciembre (BOE 3-1-92), sobre Instalación y Utilización de Aparatos de Rayos X con fines de Diagnóstico Médico; y Real Decreto 1836/1999, de 3 d